Lunes, 12 Octubre 2015 16:16

Aprobaron la reglamentación del servicio de remises en Santa Rosa

CONCEJO DELIBERANTE  

Lunes 12 de Octubre de 2015

Concejales de la Ciudad de Santa Rosa sancionaron con fuerza de ordenanza la implementación de la Reglamentación del servicio y explotación de la actividad comercial de automóviles Remises y anexos. Se estableció también la tarifa de tránsito siguiendo los valores máximos indicados en uno de los anexos de la Ordenanza.

El Servicio de Automóviles Remises, entendido como un servicio de traslado de personas dentro del ámbito de la Ciudad de Santa Rosa, y cuya explotación reviste un hábito comercial, fue regulado por el Concejo Deliberante de Santa Rosa. Se estableció, por ejemplo, que necesariamente debe estar adherido contractualmente a una agencia debidamente habilitada en calidad de permisionario.

Cabe recordar que la Ordenanza fue estudiada junto a los propios prestadores del servicio, en reuniones con los ediles de la comunidad, y que se trabajará paulatinamente en el ordenamiento del sector.

En el artículo 10 de la Ordenanza, en referencia a los Remises, se indica que toda persona física que sea titular de un vehículo que pretenda acceder a la Habilitación Municipal o como Permisionario de una Agencia, deberá acreditar el cumplimiento de requisitos como: acreditar su identidad; certificado de buena conducta de la Policía de Corrientes; fijar domicilio legal en la localidad de Santa Rosa; ser titular del o los vehículos; poseer Libre Deuda expendido por el Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Santa Rosa; y poseer seguro de responsabilidad por daños a terceros y a los pasajeros transportados, entre otros.

En tanto, el artículo 12 establece que los vehículos afectados al servicio de remises, deberán contar con la correspondiente habilitación, expedida por la Municipalidad de Santa Rosa. Para ello deberán: ser automóviles tipo sedan, tener capacidad máxima para 4 (cuatro) pasajeros; contar con mínimo de 4 (cuatro) puertas de acceso, entre otros aspectos.

Deberán  poseer además, el correcto funcionamiento de los sistemas activos y pasivos de seguridad, y los vehículos para remises deberán estar radicados en la ciudad de Santa Rosa; estar al día con el pago de los impuestos que graven el automotor; mantener la pintura exterior en el perfecto estado, con colores de fábrica; y exhibir a la vista del pasajero una tarjeta habilitante plastificada.

La habilitación de los vehículos se otorgarán por 1 (un) año calendario y podrá ser renovable, por idéntico período. Todo vehículo no habilitado que se desempeñe como remis será retirado inmediatamente de circulación de la vía pública, quedando en resguardo de la Municipalidad, hasta cumplir con los requisitos pertinentes de habilitación, previo pago de una multa equivalente al pago de 100 U.B.E.. En caso de reincidir en esta infracción, el monto de la multa de multiplicará por igual cantidad de veces.

Los conductores de vehículos afectados al servicio de Remis requieren para su habilitación: Ser mayor de edad; presentar anualmente Certificado de Buena Conducta de la Policía local, poseer licencia de conductor profesional, expedida por la Municipalidad de Santa Rosa; poseer Libreta Sanitaria; y Libre Deuda de Dirección de Infracciones y Antecedentes del vehículo.

Para mayor información, dirigirse al Juzgado de Faltas, o bien, al Concejo Deliberante de la Municipalidad de Santa Rosa.  

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