Miércoles, 31 Mayo 2017 19:25

Crean la Junta Municipal de Defensa Civil de la localidad de Santa Rosa

CONCEJO DELIBERANTE

Miércoles 31 de Mayo de 2017

En su sesión ordinaria de este martes, el Honorable Concejo Deliberante de Santa Rosa sancionó con fuerza de Ordenanza la creación de la Junta Municipal de Defensa Civil. La norma fue aprobada por unanimidad, en una sesión presidida por el Vice Intendente, Martín Martínez. El presidente nato de la Junta es el Intendente, Pedro José Maidana; y el Secretario Ejecutivo, el Coordinador de Defensa Civil, Arnold Alberto Servín.

El objetivo, indicaron los concejales, es que la Junta de Defensa Civil asegure la completa y eficiente utilización de todos los recursos con que cuenta la Comuna, ante una emergencia. En ese sentido, la Junta será el Órgano Coordinador de todas las actividades vinculadas con la Defensa Civil y el instrumento a través del cual el Intendente Municipal, pueda ejercer la autoridad y asumir las responsabilidades establecidas en la reglamentación vigente (Constitución Provincial, Carta Orgánica Municipal, Resoluciones).

Se trata de Órgano de funcionamiento no permanente, cuya misión es la de asistir al titular del Ejecutivo Municipal antes, durante y después de una emergencia.

En el artículo 2 de la Ordenanza 178 se establece que los Vocales Permanentes serán el Secretario de Gobierno, Secretario de Obras Públicas, Secretario de Finanzas, Secretario de Acción Social, Jefes o representantes de los Servicios de Orden (Policía Provincial), Contraincendio (Bomberos Voluntarios u Oficiales), Comunicaciones (Radiodifusores), Ingeniería y Rehabilitación de Servicios (Empresas Prestatarias de Servicios Públicos: agua, energía eléctrica, transporte).

En el Art. 3, se establece que el Intendente Municipal de Santa Rosa – Corrientes tendrá a su cargo la planificación, organización, promoción, coordinación, control y dirección de la Defensa Civil, y eventualmente la conducción de las operaciones de emergencia dentro del ámbito municipal, conforme a las disposiciones que sobre la materia dicte el gobierno provincial.-

Por su parte, el articulo 4 recuerda que la Defensa Civil comprende el conjunto de medidas y actividades no agresivas, tendientes a evitar, anular o disminuir los efectos que los agentes de la naturaleza, la mano del hombre o cualquier desastre de otro origen, puedan provocar sobre la población y sus bienes, y contribuir a restablecer el ritmo normal de vida en la zona afectada.

Artículos relacionados (por etiqueta)

Publicidad

yvy_vera
La Serena
el refugio
dengue2