Viernes, 17 Noviembre 2017 12:57

Avanza el proyecto para lograr el Cupo Laboral Travesti Trans

CORRIENTES

Viernes, 17 de noviembre de 2017

La comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes dio despacho favorable al Proyecto de Ley para el Cupo Laboral Travesti Trans, proyecto presentado por la Senadora María Inés Fagetti. Desde el Instituto Nacional contra la Discriminación, Xenofobia y el Racismo (INADI), delegación Corrientes, destacaron el avance y esperan que la semana que viene se convierta en Ley.

“Paso a paso, hemos tenido un logro más como INADI: el Proyecto de Ley para el Cupo Laboral Travesti Trans, proyecto presentado por la Senadora María Inés Fagetti, en virtud de gestiones que hemos realizado ante su Presidente Tito Meixner y el Diputado Radical Gaya. Hoy tuvo despacho favorable en la Comisión de DDHH de Diputados de Corrientes y pasa a prensa, la semana que viene se vota y si se aprueba, es ley!!!”, indicaron desde la delegación local del INADI.

Es que desde el organismo vienen hace tiempo instando a los legisladores que avancen en el tratamiento del proyecto. Por ello, desde el INADI indicaron que contar con esta Ley será un salto cualitativo en materia de inclusión e igualdad real de oportunidades de empleo público en la provincia de Corrientes.

Para el organismo, es importante promover la igualdad de oportunidades en el acceso al trabajo de las personas trans, respetando su grado de formación profesional y su profesión u oficio, en especial en dependencias del Estado; y establecer un cupo del 1% para ocupar cargos a fin de favorecer la inserción laboral de este colectivo que muchas veces por no tener acceso igualitario, por situaciones de discriminación al sistema educativo y deformación, carece de oportunidades laborables.

La mayoría de los trans viven en extrema pobreza privados de los derechos económicos políticos sociales y culturales, siendo expulsados desde niños de sus hogares y del ámbito escolar quedando como una de las alternativas de subsistencia el ejercicio de la prostitución o la precariedad laboral del trabajo no registrado.

El trabajo es un elemento dinamizador de otros derechos, dado que resulta ordenador de la vida social y un dispositivo fundamental para el desarrollo de las personas. Constituye una herramienta fundamental para la inclusión social en general y para la de grupos en situación de vulnerabilidad en particular.

El trabajo registrado no solamente configura una fuente de obtención de los ingresos necesarios para la manutención y subsistencia personal y familiar, sino que además se encuentran a él asociados la posibilidad del acceso a la salud a través de los regímenes de obra sociales, a los regímenes de previsión social para jubilación, mutuales, seguridad social, representación sindical, vacaciones, servicios crediticos generales de vivienda y acceso a servicios educativos, entre otros.

La transexualidad no comporta incapacidad de ninguna clase para el ejercicio para cualquier profesión u oficio. Ni la experiencia ni la actividad laboral, ni el nivel de formación van vinculados al género.

La delegada del INADI en Corrientes, Leticia Gauna, apuntó también que la declaración sociolaboral del MERCOSUR de 1998 establece en el art 2 de los derechos individuales que: “todo trabajador tienen garantizada la igualdad efectiva de derechos tratamientos y oportunidad en el empleo y ocupación sin distinción y exclusión por motivos de raza u origen nacional color sexo u orientación sexual, edad, credo, opinión política o sindical, ideología, posición económica o cualquier otra condición social o familiar, en conformidad con las disposiciones legales vigentes.”

De acuerdo a un informa de la OIT (organización internacional del trabajo) “igualdad en el trabajo: afrontar los retos que se plantean”. En el 2007 según consta en este informe “las personas cuya orientación sexual no se ciñe a los modelos establecidos e imperantes pueden ser objeto de violencia verbal psicológica y física, amén de ser blanco de manifestaciones de odio”, como por ejemplo “despidos y denegación de empleo y ascenso” en el informe global del año 2011 vuelve a incluirse la discriminación por orientación sexual e identidad de género y se establece la igualdad en el trabajo como objetivo a alcanzar.

El derecho a trabajar representa una prerrogativa fundamental delas personas reconocidos por la constitución nacional en los art 14 14 bis, 75 inc. 22 y por el art 17 de la ley 20744, entre otras.

La Argentina ha logrado avances sustantivos en los reconocimientos de derechos civiles y políticos del colectivo LGTBI. Entre ellos cabe destacar la ley de matrimonio civil (ley 26618, sancionada en el año 2010), la ley de identidad de género (ley 26743 sancionada en el 2012) y su respectiva reglamentación (decreto 17/2012) y el decreto número 1006/2012, que establece el reconocimiento igualitario de los hijos nacidos antes de la sanción de la ley de matrimonio igualitario.

La población TRANS constituye uno de los colectivos más vulneralizados en términos laborables económicos y sociales. Cabe señalar algunos datos relevados por el informe técnico de la prueba piloto de la primer encuesta sobre población trans en septiembre del 2012 realizado por el municipio de la matanza el Indec e Inadi, que da cuenta de la situación por el cual atraviesan las personas trans respecto del acceso a derechos básicos.

ACCESO A LA EDUCACION: el 64% del universo encuestado tiene aprobado solamente el nivel educativo primario. El 20 % culmino el nivel secundario y solo el 7% declaro haber cursado un nivel escolar superior siendo que solo el 2% manifestó haber completado sus estudios universitarios.

ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD: el 80% de las personas encuestadas declaro el no contar con ninguna cobertura de salud. Solo el 14% manifestó tener obra social o prepaga. En relación a las transformaciones en el cuerpo para la obtención de la identidad autopercibida, el 54% de los encuestados afirmo haberse realizado algún cambio. 8 de cada 10 afirmaron de haberse aplicado inyección de siliconas o líquidos, mientras q dos de cada 10 accedió a la prótesis mamaria.

ACCESO AL TRABAJO: el 20% de los encuestados manifestó no realizar ninguna actividad remunerativa. El 80% restante expreso dedicarse a actividades vinculadas a la prostitución y otras tareas de precaria estabilidad e informales.

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