Obtuvo media sanción de la Camara de Senadores el proyecto de ley “Parques Horticolas Intensivos Asociativos”
POR
Viernes, 3 de agosto de 2018
OBJETO: Proyecto de ley, con la finalidad de crear PARQUES HORTICOLAS INTENSIVOS ASOCIATIVOS, bajo la dirección y supervisión y financiación del INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (IDERCor) (Ley Nº 6124 o norma que lo sustituya).
INICIATIVA: Dr. Noel Breard, Sergio Flinta y David Dos Santos.
FUNDAMENTOS
IMPORTANCIA DE LA PRODUCCIÓN HORTíCOLA NACIONAL Y PROVINCIAL.
ROL DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
La provincia de Corrientes representa el 56% del total de la superficie de horticultura bajo cubierta o tendalero plástico, como se lo conoce. En cuanto a tomate representa el 18 % del total de la producción nacional y respecto al pimiento representa el 44% del total de la producción nacional.
El Sector hortícola en la Provincia de Corrientes representa aproximadamente el 17, 16 % del valor bruto de la producción agrícola y el 6,6% de las 221.850 has en producción agrícolas (SIA-MPTT. 2010). Dicho 6,6 % mencionado anteriormente equivale 14.641,68 has. dedicada a la producción hortícola debiendo explicarse que existen dos modelos de explotación:
a) Intensivo o bajo cubierto a tendalero plástico, que representa el 78 % del valor de la producción hortícola provincial y representa aproximadamente el 14 % del valor agrícola provincial total. Respecto a tomates y pimientos este modelo de explotación representa el 99 y 90% de pimientos y tomates respectivamente. Hay varios productos más que se producen bajo tendalero plástico.
b) Extensivo que si bien ocupa prácticamente el 90% de la extensión de hectáreas aporta y explica solo el 22%.
Respecto a la participación por producto el 49% es producción de tomates, el 19,4 de pimientos, el 10 % sandias, zapallos 9,2% y batata 8,3%.
Corrientes con el paquete tecnológico y de tecnología de proceso ha logrado producir bajo tendalero plástico o cobertura, cosechando de abril a noviembre aproximadamente el tomate y el pimiento de marzo a noviembre para consumo fresco. Teniendo una ventaja comparativa respecto a otras zonas del país en el periodo de agosto a noviembre donde se denomina productos primicias, lo que implica una mejora en el precio que luego cae el precio en razón que empieza a entrar la producción a cielo abierto de la zona del NOA.
La gran concentración de tendaleros plásticos en la provincia se produce en el interlan del departamento de Lavalle, Bella Vista y otras zonas.
Actualmente la provincia de Corrientes cuenta con 1.600 has aproximadamente de tendaleros plásticos donde Lavalle participa con el 50 % de los tendaleros y Bella Vista el 22%, Goya 9% y otros la diferencia.
La sinergia positiva que genero este modelo de producción intensivo es que a porta una dinámica al modelo forestal correntino parcialmente. Pues genero actividades conexas que interactúan entre ambos productos, como aserraderos, fábrica de cajones, proveedores de insumos y equipos generándose mano de obra calificada para actividades agrícolas intensivas y servicios vinculados
Actualmente corrientes ha mejorado espectacularmente la productividad y la competitividad en razón que con la tecnología disponible produce en condiciones de buena práctica de producción aproximadamente por ha. De cobertura plástica aproximadamente con galpones de 8x 25 mts. es decir 59 galpones en una hectárea Aproximadamente 140 toneladas de producción hortícolas (tomates y pimientos) es decir aproximadamente 7 mil cajones de 20 kilos aproximadamente cada uno.
Otra importancia de esta producción es que es una demandante de mano de obra, necesita 30 veces más mano de obra que el promedio del sector agropecuario, 20 veces más de insumos y 15 veces más de máquinas por unidad de superficie. En el país genera 350 mil personas solo en el eslabón productivo en una superficie de 600 mil ha.
La función social de esta producción y su legitimación del sector no solo por lo que produce como producto sino el empleo que ella genera, como veníamos diciendo anteriormente se calcula que aproximadamente por cada tendalero de 8x25 mts., 59 lo que conforma una ha, se requiere 5 empleados para cuidar y producir en horticultura cubierta.
Un tema que se destaca es explicar porque no tiene visibilidad en importancia para organismos internacionales de crédito muchas veces esta producción, la calve está en explicar que prácticamente el 93% de la producción es para consumo interno.
El sistema de comercialización del país es a través de mercados de concentración y grandes supermercados además de algunos negocios y mecanismos alternativos.
Por ejemplo, el pimiento que ingresa al mercado Central de Buenos Aires, de Corrientes el 44%, de Buenos Aires el 25 %, Salta el 22% .
FINALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
La telesis de este Proyecto es articular y crear las condiciones a través de lo que nuestro gobierno llama ¨articulación entre el sector público, el sector privado y el conocimiento¨ (que no es más que el triángulo virtuoso de Sábato, cuando estos interactúan en forma armónica y complementaria generan una sinergia positiva que crea las condiciones para el desarrollo).
De la experiencia práctica de los estudios surge que este es un sector dinámico, pero demandante principalmente de tecnología, insumos, gran capacidad de mano de obra, financiación asegurada en tiempo oportuno, escala, alta productividad, competitividad no solo en la etapa productiva sino en la comercialización donde se requiere ¨Volumen, Continuidad, Homogenización Del Producto, etc.¨. lo que demanda a demás tener entre la comercialización y la producción los galpones de empaque, que son líneas industriales de preparación del producto para embalar, limpieza, tamaño. Etc. Para lo cual se requiere capacidad empresaria, financiación y principalmente escala.
Un solo ejemplo el departamento de Lavalle es significativo para explicar el sector pues tiene el 51 % de la producción, tiene aprox. 754 productores clasificados.
Con esta breve descripción trata de demostrar la importancia del sector pero los inconvenientes de muchos productores dados las variables que requieren esta producción lo que genera como quedó demostrado con el ejemplo tres velocidades de productores la gran empresa, la empresa mediana y los pequeños y medianos productores, que no solo tienen cuando se hace un estudio detenido diferencia por tamaño sino también diferentes velocidades de productividad, muchas veces por falta de escala o algunas de las variables, lo que significa una capacidad ociosa evitable si se les crean las condiciones objetivas para superar las condiciones adversas.
Este proyecto de ley tiende en gran medida a superar esos obstáculos que generan limitantes a la producción, fundamentalmente está dirigida al tercer sector (pequeños y medianos productores).
Es por eso que el organismo público de aplicación es el Instituto de Desarrollo Rural (IDERcor) creado por Ley 6124 que por ejemplo en su art 2 inc. a) generación de nuevos polos económicos-productivos en zonas rurales y en pequeñas localidades del interior provincial; b) generación de empleo genuino; c) el desarrollo de políticas de comercialización que garanticen la colocación de la producción local en mercados más amplios; d) impulsar un asentamiento poblacional equilibrado en todo el ámbito de la Provincia, así como una equitativa distribución regional de la renta provincial; e) promocionar el desarrollo local y la preservación de valores, identidades y culturas locales y regionales. Como se verá es un organismo creado para estimular y solucionar estos inconvenientes que prevé el presente proyecto de ley.
PROYECTO CONCRETO FUNCIONAL A QUE LOS PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES TENGAN ESCALA, PRODUCTIVIDAD, HOMEGENIZACION DEL PRODUCTO
El prototipo de simulación que proponemos es utilizar la lógica de los Parque Industriales, que existen en todo el país y que la provincia de Corrientes viene desarrollando una política importante en el tema, es decir transpolar la idea obviamente las variables que se adapten al modelo propuesto.
De la siguiente forma; el organismo rector del presente el Instituto de Desarrollo Rural (IDERcor), ya sea por donación de particulares, del municipio o compra del dicho instituto obtendría el terreno.
Y en marco de las hipótesis la idea sería que el Instituto de Desarrollo Rural (IDERcor) cerque el terreno, realice la colocación de carpas con tendalero plástico estimativamente de 8x25, coloque el ferti-riego en todas las carpas con un comando único, suministre fertilizantes, medicamento necesario para la producción, es decir el organismo de coordinación estatal se encargaría de realizar las inversiones comunitarias y además cada parque hortícola tendría un único galpón de empaque competitivo, con esta idea se empiezan a romper los obstáculos de competitividad del pequeño y mediano productos.
El proyecto prevé por un lado la inversión por parte del organismo rector de la infraestructura comunitaria y por otro lado otorga línea de créditos a pequeños y medianos productores para financiar platines, variables de proceso que son de alta intensidad y concentrado, pero de tasa de retorno rápido, en función al ciclo del producto.
Como se verá, este instituto rector deberá proveer de infraestructura como si fuera un Parque Industrial, adaptado a este sistema estandarizado y a la vez convertirse en agente financiero para lograr la financiación y objetivos de la presente ley ello es que el pequeño pro ata competitividad, reciban precio de mercado, alta escala homogenización del producto logrado.
La reglamentación de la ley deberá dictar luego el reglamento que ha de regir el manejo de lo comunitario y de lo privado en este nuevo modelo de cogestión empresarial, como así también en el mismo se deberá prevé sistema de financiación, forma de pago, productos, etc.
Es bueno que aclaremos que gran parte de los primeros beneficiarios de esta ley serán los pequeños y medianos productores existentes dispersos en distintas partes del territorio de la provincia. La finalidad primordial de la presente ley es lograr disminuir o eliminar las dificultades de los pequeños y medianos productores existentes, pero si sirve para que surjan nuevos productores en la región, mucho mejor.
La idea central es que este organismo (IDERcor) tenga un fondo que estará previsto con aportes del presupuesto provincial que anualmente se reforzará y además se alimentará con la devolución de los productores de la presente, así también con donaciones créditos nacionales e internacionales, partidas nacionales de programas que beneficien a pequeños y medianos productores.
Por ello
EL HONORABLE SENADO Y LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y
Art.1: CONSTITÚYASE los Parques Hortícolas Intensivos Asociativos prioritariamente en zona hortícola de la provincia.
Art. 2: El ente rector y de ejecución del proyecto será el Instituto de Desarrollo Rural (IDERcor), organismo que surge de la Ley N° 6124.
Art. 3: La Finalidad del a presente ley es beneficiar a pequeños y medianos productores bridando competitividad, financiación oportuna abaratamiento de costos infraestructura comunitaria, tecnología de punta convirtiendo a los mismos en productores altamente eficientes y competitivos.
Art.4: El Instituto de Desarrollo Rural (IDERcor) vía donación o compra suministrará el terreno para el Parque Hortícola Intensivo Asociativo, cuya extensión será conforme a las necesidades y posibilidades del proyecto en el lugar destinado a emplazarse el parque.
Art.5: El Instituto de Desarrollo Rural (IDERcor) a los fines de la presente ley tendrá las siguientes funciones:
a)- Se encargará de las inversiones para infraestructura comunitarias,
b)- Asesoramiento técnico,
c)- Asistencia financiera,
d)-Compra de insumos comunitarios,
e)- Gerenciamiento del galpón empaque único para todo el conjunto,
f)- Comercialización,
g)-Aporte de asesoramiento técnico, ingenieros, contadores, etc.
Entendiéndose que estas facultades son meramente enunciativas, no taxativas pues no puede ser impedimento de cumplir con la finalidad de la ley, por el hecho que no se encuentre enunciada expresamente.
Art.6: Los pequeños y medianos productores deberán formar una Comisión de Asesoramiento Consultiva, de naturaleza consultiva, colaborativa, participativa para interactuar con el Instituto de Desarrollo Rural (IDERcor).
Art.7: Los pequeños y medianos productores a parte del espacio comunitario, que se regirá por el régimen de consorcio inmobiliario, la relación jurídica que existirá con el Instituto de Desarrollo Rural (IDERcor), relativa a la relación individual de utilización de las carpas, es vía contrato jurídico.
Art.8: El Poder Ejecutivo dictará el reglamento detallando funciones para el buen progreso en la relación del Instituto de Desarrollo Rural (IDERcor) con los pequeños y medianos productores, así como la relación de estos productores entre sí, y detallará lo necesario para el cumplimento de la finalidad de la presente ley.
Art. 9: El Poder Ejecutivo deberá realizar para la campaña 2018/19 el primer aporte de 40 millones de pesos que saldrá de la partida del Ministerio de Economía remitido en su oportunidad en el presupuesto de 2019, que se debe enviar el último trimestre 2018.
Art.10: COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo.
Art.11: De Forma.